📱⚖️ El gobernador de Puebla, Alejandro Armenta, llamó al Congreso local a revisar la Ley de Ciberasedio conforme al criterio de la presidenta Claudia Sheinbaum. Aunque defiende la norma, pidió evitar que se criminalice la crítica a funcionarios y se afecte el ejercicio periodístico. Sin embargo, la ley vigente no incluye esas garantías.
Puebla de Zaragoza, Pue.- “Criticar a los funcionarios o debatir en lo público no es delito”, dijo el gobernador Armenta a través de sus redes sociales, en lo que parece un intento por mitigar las críticas a la recién aprobada reforma al Código Penal del Estado de Puebla, que establece hasta tres años de prisión por el nuevo delito de ciberasedio.
El mandatario aseguró que su administración “defiende y garantiza la libertad de expresión”, y sostuvo que la ley busca proteger a mujeres, periodistas, activistas y a la niñez frente a agresiones digitales. Pero sus palabras contrastan con el contenido del artículo 480 del Código Penal local, que no establece excepciones para el discurso público, la crítica política ni el ejercicio periodístico.
La legislación, impulsada por el propio Armenta y aprobada por el Congreso de Puebla, ha sido señalada por organizaciones nacionales e internacionales como un instrumento que podría inhibir la libertad de expresión y usarse para silenciar voces críticas. La ambigüedad de su redacción permite una interpretación amplia que pone en riesgo a periodistas, artistas y ciudadanos que ejercen su derecho a opinar.
La presidenta Claudia Sheinbaum respaldó la iniciativa al considerarla una herramienta contra el ciberacoso, pero hizo una advertencia clave:
Ahí queda establecido en la ley que no tiene que ver con los funcionarios públicos.
Con ello, pidió revisar el artículo polémico para garantizar que no se criminalice la crítica legítima.
Ante ese señalamiento, el gobernador retomó el criterio presidencial e hizo un “respetuoso llamado” al Congreso estatal, encabezado por Laura Artemisa García Chávez, para que se introduzca ese criterio jurídico en la ley. Alegó que legislaciones similares existen en España, Brasil, Argentina y Chile, aunque no explicó si esas leyes contienen salvaguardas específicas como sí ocurre en varios de esos países.
“La expresión artística, la investigación, el periodismo y la protesta social están salvaguardados”, afirmó Armenta, aunque tales garantías no aparecen expresamente en la redacción actual de la norma.
En la práctica, la ley sigue vigente sin reformas, y la ambigüedad del tipo penal continúa siendo un riesgo tangible para quienes ejerzan la libertad de expresión, en particular contra el poder. La corrección discursiva del gobernador —alineada con Sheinbaum— intenta contener el costo político sin asumir una responsabilidad clara ni presentar una propuesta de modificación concreta.
Hasta ahora, lo que hay es una narrativa conciliadora. La prueba de compromiso real será si se modifica el artículo 480 para excluir explícitamente el ejercicio periodístico, la crítica política y la protesta social del ámbito de sanción penal.
0 Comentarios