El nuevo Reglamento de la Ley del Sector de Hidrocarburos otorga a la Secretaría de Energía (Sener) y a la Comisión Nacional de Energía (CNE) la facultad de tomar control temporal de empresas privadas de hidrocarburos por motivos de “fuerza mayor” o “seguridad nacional”, bajo procedimientos similares a una expropiación.

CDMX — De acuerdo con el documento publicado el 3 de octubre, la Sener podrá ocupar temporalmente, intervenir o revocar permisos de compañías del sector energético. El texto establece un cambio sustancial en la estructura regulatoria: ahora el Gobierno federal asumirá facultades antes reservadas a organismos con autonomía técnica, como la Comisión Reguladora de Energía (CRE), que anteriormente fungía como árbitro y supervisor en casos de conflicto.

El nuevo reglamento redefine la relación entre el Estado y las empresas energéticas. Conforme al Artículo 309, la ocupación temporal procederá por razones de “utilidad pública” ante escenarios como “guerra”, “desastre natural”, “grave alteración del orden público” o cualquier amenaza a la seguridad nacional, energética o económica que el propio Gobierno determine. Dichas intervenciones tendrán una duración máxima de 36 meses.

El proceso deberá realizarse conforme a lo dispuesto en la Ley de Expropiación, incluyendo el pago de una indemnización a valor de mercado y la compensación por daños y perjuicios debidamente acreditados. El Reglamento subraya que la autoridad —ya sea la Sener o la CNE— será la responsable del pago, dependiendo de quién haya otorgado el permiso originalmente.

El Artículo 91 de la Ley del Sector de Hidrocarburos clasifica como de utilidad pública las actividades relacionadas con el almacenamiento, transporte, comercialización, importación, exportación y guarda de hidrocarburos y petroquímicos. Bajo esa premisa, el Reglamento faculta a las dependencias a justificar la ocupación mediante una opinión técnica y un análisis jurídico, en los que se especifiquen las causas, los bienes o instalaciones afectados, la duración propuesta de la medida y un programa que garantice la continuidad de las operaciones.

En los hechos, esta nueva disposición amplía la discrecionalidad del Estado para intervenir el sector energético, sustituyendo el papel de los órganos autónomos por decisiones centralizadas en el Ejecutivo. Con ello, el Gobierno mexicano asume una posición de control directo sobre un sector que, hasta ahora, se mantenía bajo un esquema de regulación técnica y competencia limitada, pero independiente.

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