La Cámara de Diputados aprobó en lo general una reforma profunda a la Ley General de Salud que prohíbe de manera absoluta los cigarrillos electrónicos y vapeadores en México. La iniciativa, impulsada por la presidenta Claudia Sheinbaum, refuerza la rectoría del Estado en salud, endurece sanciones penales y amplía el control sanitario, la salud digital y la planeación nacional del sistema de salud.

CDMX — La Cámara de Diputados dio un paso decisivo en materia de salud pública al aprobar, con 324 votos a favor, 129 en contra y cero abstenciones, el dictamen que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Salud, con un eje central: la prohibición total de los cigarrillos electrónicos, vapeadores y dispositivos análogos en todo el territorio nacional.

El dictamen deriva de una iniciativa presentada por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo y tiene como objetivo reforzar la rectoría del Estado en salud, garantizar la vida y el bienestar de la población y enfrentar riesgos emergentes asociados al consumo de estos dispositivos. La reforma armoniza la ley con los artículos 4º y 5º constitucionales e incorpora el Título Décimo Segundo, con un nuevo Capítulo XII Ter dedicado al control sanitario de vapeadores.

La legislación reconoce explícitamente al vapeo como una amenaza a la salud pública, lo que abre la puerta a políticas integrales orientadas a reducir la dependencia, proteger a grupos vulnerables y aplicar el principio de precaución en la gestión de riesgos sanitarios. Se define como vapeador cualquier aparato mecánico, electrónico o tecnológico destinado a calentar, vaporizar o atomizar sustancias tóxicas, con o sin nicotina, distintas al tabaco.

La prohibición es absoluta: queda vetada la adquisición, producción, fabricación, transporte, almacenamiento, importación, exportación, comercialización, distribución, venta, suministro y publicidad de estos dispositivos por cualquier medio, ya sea impreso, digital, televisivo o radiofónico. La autoridad sanitaria podrá realizar verificaciones, aplicar medidas de seguridad y disponer sanitariamente de los productos asegurados.

El dictamen establece sanciones penales severas: de uno a ocho años de prisión y multas de 100 a 2 mil UMAs para quien incurra en cualquiera de las conductas prohibidas, independientemente de otras responsabilidades administrativas o penales.

Más allá del vapeo, la reforma amplía el alcance del Estado en la planeación del sistema de salud. Declara materia de salubridad general la infraestructura médica, la salud digital y el acceso universal mediante el intercambio de servicios entre instituciones públicas. La Secretaría de Salud asumirá la coordinación del Sistema Nacional de Salud, incluida la planeación de medicamentos, equipo médico de alta tecnología y demás insumos.

El dictamen fortalece la contratación consolidada, impulsa la telemedicina, la telesalud, los expedientes clínicos electrónicos y crea bases nacionales de información en salud para evaluar desempeño, planear políticas y optimizar el abasto. También consolida el Sistema Federal Sanitario, encabezado por Cofepris y autoridades estatales.

En materia ética y científica, se redefinen los Comités de Bioética, Ética e Investigación y Bioseguridad, con integración multidisciplinaria, participación de representantes no científicos y criterios de equilibrio de género y edad. Además, se incorporan cambios en productos sanguíneos, células troncales, medicina regenerativa, bioseguridad y registro sanitario.

La Mesa Directiva informó que, para la discusión en lo particular, se presentaron modificaciones a más de 60 artículos y diversos transitorios, lo que anticipa un debate legislativo de alta complejidad. El dictamen marca un endurecimiento sin precedentes del control sanitario en México y redefine el papel del Estado frente a la salud pública y los mercados vinculados a ella.

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