La Suprema Corte de Justicia de la Nación discutirá un proyecto que permitiría a la UIF bloquear cuentas bancarias sin orden judicial ni intervención de la FGR. La propuesta de Loretta Ortiz revive una facultad antes declarada inconstitucional y profundiza la concentración de poder administrativo.

CDMX — La Suprema Corte de Justicia de la Nación se encamina a una de sus discusiones más delicadas en materia de derechos financieros y control del poder público. Este martes, el Pleno analizará un proyecto que avala la facultad de la Unidad de Inteligencia Financiera para bloquear cuentas bancarias sin autorización judicial, una atribución que en el pasado fue considerada incompatible con la Constitución.

La propuesta, elaborada por la ministra Loretta Ortiz, busca validar la reforma de marzo de 2022 a la Ley de Instituciones de Crédito, mediante la cual se incorporó un procedimiento administrativo de garantía de audiencia. Bajo este esquema, las personas afectadas por un bloqueo deben acudir ante la propia UIF para demostrar el origen lícito de sus recursos, invirtiendo en los hechos la carga de la prueba y debilitando la tutela judicial efectiva.

El proyecto descarta los argumentos de legisladores de oposición que cuestionan la facultad unilateral de la UIF, hoy reforzada tras la reforma de octubre pasado a la Ley de Amparo, que blindó estos bloqueos frente a suspensiones judiciales. Para la ministra, la inmovilización de cuentas no tiene carácter penal, sino administrativo y preventivo, orientado a proteger al sistema financiero y cumplir compromisos internacionales contra el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo.

Esta postura contrasta con precedentes claros del propio tribunal. En 2017, la Primera Sala declaró inconstitucional la facultad de bloqueo al considerar que una oficina administrativa dependiente de la Secretaría de Hacienda no puede ejercer atribuciones propias de jueces o del Ministerio Público. En 2019, la Segunda Sala solo avaló los bloqueos cuando derivaran de solicitudes expresas de gobiernos extranjeros, criterio que permitió frenar la mayoría de las acciones de la UIF en asuntos nacionales.

El proyecto de Ortiz retoma parcialmente ese razonamiento, pero elimina la distinción entre casos nacionales e internacionales, lo que implica un viraje silencioso respecto del estándar que protegió a miles de contribuyentes frente a bloqueos discrecionales. A diferencia de un proyecto previo de Lenia Batres, retirado en diciembre, la propuesta actual evita un pronunciamiento frontal sobre la constitucionalidad de la facultad, limitándose a validar la garantía de audiencia.

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