El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó por unanimidad reforma a la Ley de Obras Públicas de Campeche del 12 de julio de 2024, que retiró a 13 municipios la facultad de otorgar licencias de construcción para "obras de interés estatal y de gran impacto" y la concentró en la gobernadora Layda Sansores San Román, por vulnerar autonomía municipal prevista en la Constitución federal.
CDMX — El máximo tribunal constitucional del país resolvió este martes la acción de inconstitucionalidad 284/2024 promovida por el municipio de Campeche contra una reforma legislativa que centralizó atribuciones municipales en materia de desarrollo urbano. Por unanimidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la modificación a la Ley de Obras Públicas de Campeche, aprobada el 12 de julio de 2024, vulneró la autonomía municipal reconocida en la Constitución federal al retirar a los 13 municipios de la entidad la facultad de otorgar licencias de construcción para "obras de interés estatal y de gran impacto".
El pleno avaló el proyecto del ministro Irving Espinosa Betanzos, quien fungió como ponente del caso. "Al exentar de la obligación de obtener licencia de construcción para la ejecución de obras públicas de interés estatal de gran impacto, el Congreso de Campeche ha transferido al Ejecutivo una facultad que la Constitución establece en favor de los ayuntamientos, impidiendo que estos puedan ejercer su potestad de regular y controlar las construcciones en su territorio", explicó Espinosa Betanzos al fundamentar la inconstitucionalidad de la norma impugnada.
La Corte otorgó razón parcial al municipio de Campeche al invalidar el artículo 14 Bis y el segundo transitorio de la Ley de Obras Públicas de Campeche por declararlos inconstitucionales, pero validó el artículo 2, último párrafo, al considerarlo norma meramente organizativa que no anula facultades ajenas. La resolución judicial reestablece la competencia municipal sobre licencias y permisos de construcción que había sido concentrada en el gobierno estatal encabezado por Layda Sansores San Román.
El ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz defendió la facultad de los municipios de otorgar licencias y permisos para construcciones, prevista en el artículo 115 constitucional, y llamó al respeto a la división de poderes y coordinación entre órdenes de gobierno. "No cabe en mi pensamiento que exista una obra de interés estatal de gran impacto que no sea de interés municipal. Creo que lo que está enfrente es la necesidad de una adecuada coordinación entre órdenes de gobierno para obtener un objetivo de gran alcance", argumentó Aguilar Ortiz, subrayando que obras de magnitud requieren colaboración institucional sin vulnerar competencias constitucionales de los ayuntamientos campechanos.


0 Comentarios