El Senado de la República aprobó reforma al artículo 127 constitucional para limitar pensiones de funcionarios de entidades públicas a un máximo equivalente a la mitad del salario de la Presidencia de México. El dictamen fue avalado con 116 votos y enviado a la Cámara de Diputados.

CDMX — En medio del debate sobre el uso del gasto público y los privilegios dentro del aparato estatal, el Senado de la República aprobó una reforma constitucional destinada a establecer límites a las pensiones (doradas) de funcionarios en organismos públicos. La modificación busca regular los montos de jubilación financiados con recursos del erario y establecer un tope vinculado a la remuneración de la titular del Poder Ejecutivo federal.

El dictamen reforma el artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para establecer que ningún funcionario de organismos descentralizados, empresas públicas del Estado, sociedades nacionales de crédito o fideicomisos paraestatales podrá recibir una pensión superior a la mitad del salario de la persona titular de la Presidencia de México. La propuesta fue aprobada en lo general por unanimidad con 116 votos y en lo particular con 109 votos a favor y seis abstenciones, tras lo cual fue turnada a la Cámara de Diputados para su análisis.

La reforma también amplía el alcance de la limitación a entidades federativas y municipios, incluyendo organismos descentralizados y empresas de participación estatal o municipal mayoritaria. Asimismo, establece que contratos colectivos, disposiciones laborales y cualquier instrumento jurídico que regule relaciones de trabajo no podrán fijar condiciones de retiro que superen el límite constitucional previsto.

Entre las excepciones contempladas se encuentran las pensiones de las Fuerzas Armadas, los recursos provenientes de aportaciones voluntarias en cuentas individuales de ahorro para el retiro, los sistemas complementarios financiados por sindicatos y las pensiones no contributivas. El régimen transitorio indica además que las pensiones actualmente vigentes deberán ajustarse al nuevo límite una vez que la reforma entre en vigor, lo que implicará revisiones en los esquemas contractuales de diversas entidades públicas.

Durante la discusión legislativa, el presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, Óscar Cantón Zetina, sostuvo que la reforma busca evitar pensiones desproporcionadas que generan presión sobre las finanzas públicas. A su vez, el presidente de la Comisión de Estudios Legislativos, Enrique Inzunza Cázarez, afirmó que la medida retoma principios históricos de moderación de la desigualdad planteados por José María Morelos y Pavón. Legisladores de distintos partidos respaldaron el proyecto, aunque algunos señalaron preocupaciones técnicas y cuestionaron la exclusión de ciertos sectores del servicio público.

Con el envío del dictamen a la Cámara de Diputados, el proceso legislativo entra en su siguiente fase. La discusión se inserta en un contexto más amplio de revisión del sistema de remuneraciones en el sector público y del impacto que los esquemas de retiro pueden tener sobre la sostenibilidad presupuestaria del Estado mexicano.

De acuerdo con la reforma aprobada al artículo 127 constitucional, que establece que las pensiones de funcionarios de entidades públicas no podrán exceder la mitad de la remuneración de la titular del Ejecutivo federal, el límite estimado puede inferirse a partir del salario presidencial vigente. Con un ingreso bruto mensual aproximado de 191 mil pesos para la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo en 2026, el tope máximo de pensión se ubicaría alrededor de 95 mil 500 pesos mensuales, aunque la cifra definitiva dependerá de la interpretación administrativa del concepto de remuneración y de la legislación secundaria que regule su aplicación.

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