La Cámara de Diputados emitió este martes el proyecto de declaratoria de aprobación de la reforma al artículo 73 de la Constitución Política, que faculta al Congreso de la Unión a expedir una ley general en materia de feminicidio.

CDMX — El combate a la violencia de género en México dio un paso legislativo relevante este martes. La Cámara de Diputados, a través de su Mesa Directiva, emitió el proyecto de declaratoria de aprobación de la reforma al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, una modificación que otorga al Congreso de la Unión la facultad explícita para expedir una ley general en materia de feminicidio. La presidenta de la Mesa Directiva, Kenia López Rabadán, dio lectura al documento tras recibir el cómputo oficial de los votos aprobatorios de las entidades federativas.

La secretaria de la Mesa Directiva, Magdalena del Socorro Núñez Monreal, informó que se recibieron 27 votos aprobatorios de los congresos estatales. Las entidades que respaldaron la reforma fueron Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Colima, Durango, Estado de México, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Michoacán, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán, Zacatecas y la Ciudad de México. Con este respaldo, se superó la mayoría requerida por el artículo 135 constitucional para la aprobación de reformas.

La iniciativa original fue presentada por la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, y modifica la fracción XXI, inciso a), del artículo 73 constitucional. Dicho artículo faculta al Congreso para expedir leyes generales que establezcan, como mínimo, los tipos penales y sus sanciones en sus respectivas materias. Con esta reforma, el feminicidio se incorpora a ese catálogo, lo que permitirá homologar criterios y penas en todo el país. El objetivo es garantizar que ninguna entidad federativa mantenga estándares más bajos o vacíos legales que propicien la impunidad en un delito que, según cifras oficiales, ha mostrado una tendencia alarmante en la última década.

El régimen transitorio de la reforma establece plazos claros para su implementación. El Congreso de la Unión dispondrá de 180 días naturales contados a partir de la entrada en vigor de la reforma para expedir la ley general de feminicidio. Durante ese periodo, las disposiciones legales vigentes tanto en el ámbito federal como en las entidades federativas seguirán aplicándose. Una vez que entre en vigor la nueva ley general, se determinarán los plazos y condiciones para que los congresos locales realicen las adecuaciones normativas correspondientes y armonicen sus códigos penales con la legislación federal. El proyecto de declaratoria fue remitido a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales, que incluyen la publicación en el Diario Oficial de la Federación y la declaración formal de la reforma. Organizaciones civiles dedicadas a la defensa de los derechos de las mujeres celebraron el avance, aunque advirtieron que la verdadera prueba será el contenido de la ley general y su aplicación efectiva en los tribunales locales.

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