La SHCP respondió a las quejas del NFTC sobre prácticas del SAT. Defendió su gestión fiscal con medidas como una auditoría por contribuyente, devoluciones en 30 días y reforma al artículo 141. El intercambio ocurre en medio de la revisión del T-MEC.
CDMX — La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) emitió una nota informativa en respuesta a una carta del National Foreign Trade Council (NFTC), organismo que agrupa a empresas estadounidenses, en la que se denunciaban presuntas prácticas del Servicio de Administración Tributaria (SAT) que afectaban a multinacionales con operaciones en México.
La SHCP defendió su gestión fiscal y enumeró una serie de medidas adoptadas desde 2025 para dar certeza jurídica a los contribuyentes, entre las que destacan:
- Solo se realiza una auditoría por contribuyente y se solicita una muestra de las partidas, no el 100% de la información.
- En 2026 no se han aperturado auditorías nuevas a contribuyentes con procesos abiertos, para evitar simultaneidad.
- La fiscalización se redirige a actividades de alto riesgo, como las coloquialmente denominadas "factureras o nomineras".
- Se ha reducido un 25% el plazo de resolución de devoluciones, pasando de 40 a menos de 30 días.
- Hay uniformidad de criterios de revisión, sin retroactividad en su aplicación.
- Se han impulsado las correcciones tempranas en lugar de la determinación de créditos fiscales.
La SHCP también respondió punto por punto a los seis señalamientos del NFTC:
1. Reinterpretación retroactiva del IVA y rechazo de acreditamientos
El SAT realiza revisiones sin interpretaciones retroactivas y respeta las resoluciones de los órganos jurisdiccionales.
2. Rechazo arbitrario de la deducción del ISR por pagos a partes relacionadas
El SAT respeta los Tratados para Evitar la Doble Tributación y ha trabajado con autoridades de otros países para resolver casos.
3. Resolución de controversias bajo un esquema de "pagar para poder impugnar"
El 9 de abril de 2026 se publicó una reforma al artículo 141 del Código Fiscal de la Federación que elimina la obligación de garantizar los créditos fiscales con billete de depósito como primera opción, permitiendo al contribuyente elegir la forma de garantía que más le convenga.
4. Artículo 30-B / "Kill Switch" de plataformas y acceso en tiempo real
El SAT fiscaliza en tiempo real con apego al secreto fiscal y a los derechos de los contribuyentes. El artículo 30-B prevé un mecanismo de revisión de información sin actos de molestia adicionales.
5. Acuerdos Anticipados de Precios (APAs)
El SAT ha fortalecido el procedimiento de emisión de resoluciones mediante contacto directo con las empresas y ha trabajado con la autoridad de Estados Unidos para reducir el inventario de casos pendientes.
6. Retenciones fiscales en marketplaces
La retención de impuestos a través de plataformas de comercio electrónico se implementó para evitar la evasión fiscal, en respuesta al crecimiento del comercio digital, y no constituye un cambio de criterio.
La SHCP concluyó que todas las acciones mencionadas han sido comunicadas oportunamente mediante comunicados y acuerdos publicados entre octubre de 2025 y mayo de 2026, y que la carta del NFTC hace alusión a temas que aquejan a empresas multinacionales en diversos países, no exclusivamente a México.
Este intercambio ocurre en un contexto de revisión del T-MEC, donde la seguridad jurídica y la certeza fiscal son temas de interés para los inversores estadounidenses en México.


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