El PT propone prohibir contenidos digitales que promuevan violencia, odio o exclusión contra menores. Por su amplitud, la iniciativa recuerda al ciberasedio de Puebla, invalidado por la Corte por sus riesgos para la libertad de expresión.
CDMX — La regulación del entorno digital vuelve a avanzar en el Congreso, pero una de las iniciativas presentadas este miércoles en la Cámara de Diputados llama especialmente la atención por su semejanza con el antecedente del ciberasedio en Puebla, un delito que la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional por los riesgos que representaba para la libertad de expresión.
La diputada Rosalía León Rosas, del Partido del Trabajo, aliado legislativo de Morena, presentó una propuesta para adicionar disposiciones a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, con el propósito de que autoridades federales, estatales y municipales implementen políticas de protección frente a los riesgos derivados del uso de medios electrónicos y redes sociales.
Hasta ahí, el objetivo parece difícil de cuestionar: proteger a niñas, niños y adolescentes frente al acoso, el maltrato y otros riesgos digitales. El punto delicado aparece en el alcance de la propuesta, que plantea prohibir la difusión de contenidos digitales que promuevan o glorifiquen la violencia, el acoso o el maltrato, así como aquellos que inciten a la discriminación, el odio o la exclusión, o fomenten retos y prácticas peligrosas.
Son categorías que pueden perseguir conductas claramente dañinas, pero también conceptos cuyo significado puede depender de quién los interprete, bajo qué criterios y con qué mecanismos de revisión.
La comparación con Puebla no es menor. En abril pasado, la Corte invalidó el delito de ciberasedio incorporado al Código Penal poblano al considerar que su redacción permitía interpretaciones subjetivas y podía afectar la libertad de expresión.
En la misma sesión apareció otra iniciativa, del priista Emilio Suárez Licona, para aumentar hasta en una tercera parte las penas por fraude cuando se cometa mediante medios electrónicos, informáticos o digitales y la víctima sea una persona adulta mayor.
Ambas propuestas responden a problemas reales, pero abren debates distintos. La segunda busca endurecer la sanción de un delito definido. La primera incorpora categorías sobre contenidos y circulación de información en redes.
Ahí está el punto que el Congreso tendrá que resolver: ¿cómo proteger a los menores sin reproducir en la legislación federal conceptos ambiguos que puedan terminar utilizándose contra la expresión legítima?
Después del precedente poblano, la pregunta ya no es teórica.


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