El Senado aprobó una nueva reforma al Código Penal Federal y a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial que incorpora penas de prisión para determinadas conductas relacionadas con el uso de la identidad gráfica de instituciones públicas.

CDMX — El dictamen fue aprobado en lo general por 72 votos contra 34 y enviado a la Cámara de Diputados.

La reforma modifica, entre otros, el artículo 403 Bis de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. La disposición contempla sancionar con uno a cinco años de prisión y multa de mil a 10 mil UMA a quien utilice, reproduzca, imite o incorpore, a escala comercial, la identidad gráfica institucional, dominios electrónicos o documentos oficiales de instituciones públicas de los tres órdenes de gobierno, cuando se busque inducir al error o engaño con la intención de cometer un ilícito relacionado con el supuesto origen oficial de una comunicación, documento, plataforma, servicio o sistema informático.

El Senado también incorporó el criterio de “escala comercial”, que el dictamen define de manera amplia: incluye actividades destinadas a obtener un beneficio económico o ventaja competitiva, pero también aquellas que produzcan un impacto perjudicial significativo en la posición de mercado del titular del derecho, aunque no exista una ganancia directa.

El argumento oficial es combatir la falsificación, la suplantación y el fraude mediante herramientas digitales. Durante el debate, legisladores de Morena y sus aliados sostuvieron que la reforma no sanciona la sátira ni la crítica política. La oposición respondió que la ausencia de excepciones expresas para periodismo, parodia, caricatura y crítica deja un margen de interpretación que puede producir autocensura.

El problema, sin embargo, rebasa la discusión sobre si “un meme” puede llevar a una persona a prisión. Una norma penal modifica el margen de riesgo con el que periodistas, medios y ciudadanos utilizan imágenes, documentos, símbolos y plataformas oficiales para informar, investigar, satirizar o cuestionar al poder.

Y existe un dato adicional: la reforma establece que los delitos de este título serán, como regla general, de persecución de oficio, salvo las excepciones expresamente señaladas.

El Senado acaba de aprobar, por tanto, otra pieza que deberá incorporarse al mapa de normas que inciden sobre el espacio público digital. La pregunta ya no es solamente qué pretende combatir la reforma, sino qué conductas quedarán sujetas a investigación penal y qué protección explícita tendrán quienes utilizan la identidad oficial para ejercer periodismo, crítica, sátira o expresión política.

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