El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación concluyó que no existen pruebas suficientes para acreditar la influencia de “acordeones” en la reciente elección de integrantes del Poder Judicial, dejando en evidencia la tensión entre la exigencia de escrutinio y las limitaciones probatorias del órgano.
CDMX — Magistrados de la TEPJF desecharon diversos juicios que impugnaban la validez de la elección de integrantes del Poder Judicial, al considerar que no hay evidencia de la existencia de “acordeones” que indicaran a los electores el sentido de su voto. La decisión generó un intercambio de posturas entre los miembros del Tribunal sobre hasta qué punto deben indagarse posibles irregularidades.
La presidenta del Tribunal, Mónica Soto, subrayó que no corresponde al Tribunal realizar investigaciones y que los quejosos no presentaron indicios suficientes. En contraste, el magistrado Reyes Rodríguez argumentó que, al menos, debían analizar las pruebas presentadas y no ignorar los argumentos. “Estimo que los indicios de posibles actos irregulares ameritan un procesamiento y tratamiento distinto, más allá de declararlos inoperantes”, señaló.
Durante una sesión de casi cuatro horas, se revisaron 164 juicios, la mayoría declarados infundados, confirmando los resultados de la elección judicial. Sobre las denuncias de uso de acordeones en Ciudad de México, Puebla, Hidalgo, Jalisco y Nuevo León, los proyectos de sentencia calificaron los agravios como “inoperantes”, “genéricos y subjetivos” y “no acreditados”.
Reyes Rodríguez precisó que los casos denunciados implicaban posibles violaciones de la libertad del voto y la equidad, y que se debieron requerir pruebas adicionales a autoridades como el INE para evaluar la situación. “No se trata de hacer investigaciones externas, sino de juzgar con los elementos suficientes aportados por las partes para determinar la verdad de los hechos y su impacto en el proceso”, explicó.
Por su parte, la magistrada Janine Otálora señaló la dificultad de los denunciantes para acreditar los hechos y propuso que el INE investigara una posible inducción al voto. Mientras, el magistrado Felipe Fuentes defendió que los juicios de inconformidad no son la vía adecuada para investigar irregularidades en propaganda, aunque admitió que la distribución de los acordeones fue confirmada por el INE.
Finalmente, Soto reiteró que, ante la falta de pruebas suficientes, el Tribunal cumplió con la normatividad vigente: “No hay pruebas, se está impugnando solo con dichos. No habría ningún obstáculo para anular una elección si se aportan pruebas, pero no corresponde al Tribunal buscarlas”.

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