En las entrañas de la Ley de Ingresos de la Federación para 2026 se esconde una de las condonaciones fiscales más cuantiosas de los últimos años: 180 mil millones de pesos que el sector asegurador dejará de pagar al erario público.

Mexconomy — La operación, ejecutada mediante el artículo 25, fracción XIV, y blindada con el Artículo Vigésimo Octavo transitorio, representa un perdón casi total a empresas que durante años acreditaron indebidamente el Impuesto al Valor Agregado en operaciones de indemnización.

La fracción de Morena en la Cámara de Diputados impulsó esta medida mediante una reserva parlamentaria que modificó el dictamen original, insertando un mecanismo de regularización que, en la práctica, opera como una amnistía fiscal disfrazada de "estímulo". Mientras el gobierno federal proyecta ingresos por 10.19 billones de pesos para 2026 —con un incremento de apenas 891 mil 667 millones respecto al año anterior—, renuncia simultáneamente a cobrar 180 mil millones a un sector concentrado y altamente rentable, cifra que representa el 1.77% de los ingresos totales proyectados y el 3.08% de toda la recaudación tributaria estimada.

El texto aprobado por el Pleno no menciona la cifra de 180 mil millones, pero establece las reglas del juego con precisión quirúrgica. Las instituciones de seguros que hasta el 31 de diciembre de 2024 venían acreditando IVA en operaciones donde la indemnización consistía en "resarcimiento de daños o reposición del bien siniestrado a través de terceros" —una práctica que la nueva legislación prohíbe— pueden ahora regularizar su situación sin pagar prácticamente nada del adeudo real.

La generosidad fiscal del gobierno de la Cuarta Transformación hacia las aseguradoras resulta paradójica en un contexto donde el discurso oficial martilla constantemente sobre la austeridad, la persecución a evasores y la justicia tributaria. ¿Cómo explicar que un régimen que presume combatir privilegios fiscales otorgue un estímulo del 100% sobre el monto del IVA acreditado indebidamente, más actualizaciones, multas, recargos y gastos de ejecución?

Condonación vestida de regularización

El mecanismo diseñado por los legisladores morenistas opera en tres niveles. Primero, las aseguradoras bajo fiscalización que aún no tienen resolución definitiva pueden solicitar el estímulo ante la autoridad correspondiente, deteniendo automáticamente el procedimiento de cobro. El Servicio de Administración Tributaria, que durante años investigó estas prácticas irregulares, debe ahora archivar los expedientes sin cobrar un peso del IVA indebidamente acreditado.

Segundo, aquellas empresas que ya tienen créditos fiscales determinados —es decir, adeudos oficialmente establecidos— pueden desistirse de sus medios de defensa (juicios de amparo, recursos de revocación) y automáticamente obtienen el perdón fiscal. La condición: pagar "las demás contribuciones determinadas", una salvaguarda retórica que en la práctica resulta irrelevante porque el grueso del adeudo corresponde precisamente al IVA acreditado, que queda completamente perdonado.

Tercero, y aquí está la trampa más sofisticada, las aseguradoras deben "demostrar haber realizado el pago para corregir su situación fiscal" conforme al nuevo régimen. Pero este "pago" no se refiere al adeudo histórico —ese está perdonado— sino a la adquisición de bienes o servicios posteriores al 31 de diciembre de 2024 bajo las nuevas reglas. En otras palabras: les perdonan el pasado con el simple compromiso de cumplir con lo que de cualquier manera ya están obligadas a cumplir hacia el futuro.

El artículo transitorio añade una cláusula que revela la dimensión temporal de la irregularidad: las aseguradoras pueden considerar como acreditable el IVA trasladado "hasta el 31 de diciembre de 2024". Esta fecha no es arbitraria; marca el cierre del periodo en que operaba una interpretación fiscal que el propio SAT consideraba indebida. Durante años, posiblemente décadas, estas empresas acreditaron IVA que no les correspondía, generando un beneficio patrimonial equivalente a un subsidio fiscal encubierto.

Los números que Hacienda prefiere no divulgar

La estimación de 180 mil millones de pesos no aparece en el texto legislativo, pero proviene de cálculos técnicos basados en el volumen de operaciones del sector asegurador mexicano y el monto promedio de IVA acreditado en operaciones de indemnización. El sector maneja anualmente primas por más de 800 mil millones de pesos, y una proporción significativa de estas primas deriva en indemnizaciones donde históricamente se acreditaba IVA.

Si consideramos que las auditorías del SAT a este sector se remontan varios ejercicios fiscales, y que los créditos fiscales incluyen actualizaciones, multas y recargos acumulados, la cifra de 180 mil millones no solo resulta plausible, sino potencialmente conservadora. Cada punto porcentual de irregularidad en el acreditamiento de IVA durante la última década se traduce en miles de millones de pesos en adeudos que ahora simplemente desaparecen de los libros fiscales.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público no ha publicado un análisis de impacto recaudatorio de esta medida, violando el principio de transparencia que debería regir toda condonación o estímulo fiscal. Los diputados aprobaron la iniciativa sin contar con un dictamen técnico que cuantificara la renuncia recaudatoria, su efecto en el déficit público o las implicaciones para el cumplimiento de las metas fiscales comprometidas con organismos internacionales.

El perdón se otorga además con facilidades de pago: hasta 12 parcialidades para "corregir la situación fiscal", con fecha límite al 15 de diciembre de 2026. Pero como lo que se corrige no es el adeudo histórico —ese está perdonado— sino el cumplimiento futuro, estas parcialidades representan en realidad un periodo de transición operativa sin costo fiscal real para las aseguradoras.

La disposición establece cuatro exclusiones: contribuyentes con sentencia condenatoria por delito fiscal, empresas en listas negras del SAT, quienes tengan certificados digitales cancelados, y aseguradoras señaladas por operaciones inexistentes. Pero estos candados resultan cosméticos en un sector altamente regulado donde las principales empresas mantienen registros impecables ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, precisamente porque operan en el mercado formal bajo estricta supervisión.

El transitorio suspende automáticamente el procedimiento administrativo de ejecución sin exigir garantía del interés fiscal, una prerrogativa excepcional que ningún contribuyente ordinario obtiene. Interrumpe además el plazo de prescripción, congelando el reloj fiscal para beneficio exclusivo de las aseguradoras mientras deciden si les conviene o no acogerse al perdón. La asimetría regulatoria es absoluta: el fisco suspende su facultad de cobro, pero las empresas mantienen todas sus opciones abiertas.

La fecha límite para solicitar el estímulo es el 31 de enero de 2026, apenas dos meses después de la entrada en vigor de la ley. Este calendario comprimido sugiere que existe un universo identificado de contribuyentes que conocen perfectamente el mecanismo y están preparados para aprovecharlo. No se trata de una medida de política pública de amplio espectro, sino de una solución a la medida para un problema específico de un sector específico.

La redacción establece que los estímulos "no se considerarán ingreso acumulable para efectos del Impuesto Sobre la Renta", cerrando el círculo de la generosidad fiscal: las aseguradoras no solo no pagan el IVA adeudado, ni las multas, ni los recargos, sino que además ese perdón no genera consecuencias tributarias en su contabilidad fiscal. Es el equivalente a recibir un regalo millonario sin pagar impuestos por la donación.

El texto final advierte que "no dará lugar a devolución, deducción, compensación o saldo a favor alguno con posterioridad al 31 de diciembre de 2024", pero esta salvaguarda resulta redundante porque el estímulo ya otorga la condonación total del adeudo. La frase opera más como tranquilizante político que como restricción real: busca proyectar la imagen de que existe algún límite a la generosidad fiscal, cuando en realidad el perdón es prácticamente absoluto.

La Ley de Ingresos 2026 proyecta ingresos totales por 10 billones 193 mil 683.7 millones de pesos, de los cuales 5.84 billones provendrán de impuestos. Renunciar a 180 mil millones en un solo sector representa 3.08% de la recaudación tributaria proyectada, una proporción que en cualquier sistema fiscal sano requeriría justificación técnica exhaustiva, debate público amplio y evaluación de alternativas. Nada de eso ocurrió.

El gobierno federal, que autorizó endeudamiento neto interno por 1.78 billones de pesos y endeudamiento externo por 15,500 millones de dólares, podría haber reducido significativamente esas necesidades de financiamiento cobrando lo que legítimamente le correspondía al sector asegurador. En lugar de ello, opta por incrementar la deuda pública —que pagarán futuras generaciones— mientras perdona adeudos fiscales a empresas cuyas utilidades acumuladas en la última década superan los 250 mil millones de pesos.

La operación legislativa que hizo posible esta condonación exhibe además un problema de arquitectura institucional. La Cámara de Diputados modificó sustancialmente el proyecto mediante reservas parlamentarias presentadas sobre la marcha, sin que existiera tiempo material para análisis técnico o consulta ciudadana. La fracción de Morena, con su mayoría absoluta, votó en bloque a favor, mientras que las fracciones de oposición —PAN, PRI, MC— presentaron reservas que fueron sistemáticamente rechazadas o retiradas.

El sector asegurador mexicano factura anualmente más de un billón de pesos entre seguros de vida, daños, gastos médicos, automóviles y fianzas. Está dominado por grandes corporativos trasnacionales y grupos financieros nacionales con capacidad económica más que suficiente para cumplir sus obligaciones fiscales. La condonación de 180 mil millones no responde a una crisis sectorial, no atiende una emergencia económica, no protege empleos ni inversiones estratégicas. Simplemente perdona adeudos acumulados por prácticas fiscales irregulares que la propia autoridad fiscalizadora había detectado y estaba cobrando.

La narrativa oficial presenta el estímulo como una medida de "regularización fiscal", un término eufemístico que busca disfrazar el perdón. Pero regularizar implica poner al corriente los adeudos, no cancelarlos. El mecanismo aprobado no exige pago alguno del pasivo histórico; solo requiere que hacia adelante las aseguradoras cumplan con reglas que de cualquier manera ya están vigentes. Es como si un deudor hipotecario pudiera "regularizarse" con el banco simplemente prometiendo pagar las mensualidades futuras, mientras le perdonan todo lo que debe del pasado.

Los 180 mil millones de pesos condonados equivalen a casi el doble del presupuesto anual de la Universidad Nacional Autónoma de México, superan el presupuesto completo del Instituto Nacional Electoral, y representan más de tres veces lo que el gobierno federal destina anualmente a programas de becas para estudiantes de nivel medio superior y superior. La elección presupuestaria es clara: antes que invertir en educación, instituciones o infraestructura, se prefiere perdonar adeudos fiscales a un sector corporativo próspero.

La condonación genera además un precedente peligroso. Si las aseguradoras obtienen perdón fiscal por IVA acreditado indebidamente durante años, ¿qué impedirá que otros sectores exijan tratamiento similar? La industria automotriz, el comercio minorista, los servicios financieros, todos podrían argumentar que sus interpretaciones fiscales heterodoxas merecen la misma consideración benevolente. El resultado sería la erosión completa del principio de generalidad tributaria, donde cada quien paga según su capacidad contributiva sin privilegios sectoriales.

La recaudación federal participable proyectada en 5.34 billones de pesos —recursos que se distribuyen entre la Federación, estados y municipios— se verá directamente afectada por esta condonación. Menos ingresos tributarios significan menos recursos para carreteras estatales, hospitales regionales, escuelas municipales y policías locales. El perdón a las aseguradoras no solo es una decisión federal; es una transferencia de recursos públicos desde comunidades empobrecidas hacia accionistas corporativos.

La Ley de Ingresos 2026, con su condonación encubierta de 180 mil millones de pesos, cierra así un sexenio que comenzó prometiendo cero tolerancia a la corrupción fiscal y termina otorgando uno de los perdones tributarios más cuantiosos de la historia reciente. No mediante decreto presidencial polémico ni reforma fiscal controvertida, sino a través de un artículo técnico, una fracción XIV, un transitorio vigésimo octavo, insertados en las vísceras de una ley de ingresos que pocos leen completa y menos aún comprenden en sus implicaciones reales.

Las aseguradoras ganadoras de este perdón operan desde torres corporativas de vidrio y acero en Santa Fe y Polanco, cotizan en la Bolsa Mexicana de Valores, reportan utilidades trimestrales a accionistas internacionales y pagan bonos millonarios a sus ejecutivos. No son empresas en crisis, no enfrentan riesgo sistémico, no requieren rescate gubernamental. Simplemente reciben un regalo fiscal de 180 mil millones de pesos porque el partido en el poder decidió que así convenía, sin explicar a quién, por qué o para qué.

Mientras tanto, los contribuyentes cautivos —trabajadores asalariados, pequeños comerciantes, profesionistas independientes— seguirán pagando puntualmente sus impuestos sin estímulos, sin perdones, sin regularizaciones benevolentes. Para ellos no hay fracciones XIV ni artículos transitorios generosos. Solo la obligación férrea de tributar bajo amenaza de embargo, mientras observan cómo los grandes corporativos negocian sus adeudos en los pasillos de San Lázaro y obtienen condonaciones que equivalen a décadas de recaudación en municipios enteros.

La condonación de 180 mil millones de pesos a las aseguradoras no es un error técnico ni una medida aislada. Es la expresión cristalina de un sistema tributario capturado por intereses particulares, donde el poder de cabildeo supera al principio de legalidad, y donde la justicia fiscal se cotiza en función del tamaño del despacho jurídico que contrates. Es, en suma, la confirmación de que en México existen dos regímenes fiscales: uno para los poderosos, con estímulos, perdones y regularizaciones; otro para los ciudadanos comunes, con retenciones automáticas, fiscalizaciones agresivas y cero tolerancia.

La Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2026 pasará a la historia no por los 10.19 billones que proyecta recaudar, sino por los 180 mil millones que decidió no cobrar. Y en esa elección, en ese perdón silencioso escondido entre artículos y transitorios, queda retratada con precisión quirúrgica la verdadera naturaleza del pacto fiscal mexicano: generoso con los fuertes, implacable con los débiles.

condonacion fiscal, aseguradoras, ley de ingresos 2026, morena, iva, camara de diputados, sector seguros, hacienda, sat, estimulo fiscal, regularizacion fiscal, credito fiscal, evasion fiscal, privilegios fiscales, recaudacion tributaria, deuda publica, politica fiscal, justicia tributaria