Con 345 votos a favor, 131 en contra y 3 abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó en lo general las reformas a la Ley de Amparo, así como modificaciones al Código Fiscal de la Federación y a la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, derivadas de una iniciativa enviada por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo.
CDMX — El dictamen, discutido y votado en el Pleno, tiene como propósito fortalecer el juicio de amparo como “recurso por excelencia” en la defensa de los derechos humanos y el control de la legalidad. Las comisiones unidas de Justicia y de Hacienda y Crédito Público realizaron ajustes al régimen transitorio, precisando que los casos en trámite continuarán conforme a las disposiciones vigentes al momento de su inicio, corrigiendo así la versión enviada por el Senado.
Entre los cambios más relevantes, la reforma redefine el concepto de interés legítimo: el acto impugnado deberá causar una lesión jurídica real, actual y diferenciada, cuya anulación genere un beneficio directo y no meramente hipotético. Además, establece que todas las promociones deberán hacerse por escrito, permitiendo la vía electrónica, pero sin condicionar el acceso al procedimiento judicial a los medios digitales.
El Órgano de Administración Judicial determinará cómo se integrarán los expedientes físicos y electrónicos, garantizando el derecho de consulta. Asimismo, todas las autoridades intervinientes estarán obligadas a generar un usuario dentro del Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación.
Las empresas públicas, organismos descentralizados y fideicomisos del Estado quedarán exentos de prestar las garantías que exige la ley. En cambio, los tribunales podrán desechar de plano las recusaciones que busquen entorpecer el procedimiento o presionar a ministros, magistrados o jueces.
La reforma también amplía los supuestos del juicio de amparo indirecto, permitiendo su procedencia en casos de ejecución o cobro de créditos fiscales firmes, siempre que la demanda se presente antes de la convocatoria de remate. El plazo para requerir documentos se mantiene en diez días y solo podrá ampliarse en casos justificados por causas no imputables a las partes.
Durante la audiencia constitucional, el órgano jurisdiccional deberá realizar un análisis expreso de la apariencia del buen derecho y del interés social. La suspensión de actos solo procederá si se acredita, aunque sea indiciariamente, que su ejecución podría causar daños de difícil reparación sin afectar de manera significativa a la colectividad.
Las normas o actos previstos en los párrafos decimoquinto y decimoséptimo del artículo 28 constitucional —relacionados con sanciones económicas o desincorporación de activos— no podrán ser objeto de suspensión, salvo en casos de multas o liquidaciones que esperarán la resolución final del amparo.
Asimismo, se establece que, en juicios donde se reclame la inconstitucionalidad de normas generales, la suspensión no podrá tener efectos generales. Tampoco habrá responsabilidad penal si una autoridad acredita imposibilidad jurídica o material para cumplir una suspensión o ejecutoria.
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa conocerá los juicios promovidos contra resoluciones de autoridades fiscales y organismos autónomos que determinen obligaciones o créditos fiscales. Sin embargo, los créditos firmes por resolución competente quedarán fuera de revisión por amparo.
Durante la discusión en lo particular, la Mesa Directiva informó sobre diversas reservas de modificación a los artículos 3, 5, 7, 25, 26, 27, 28, 30, 59, 60, 82, 107, 111, 115, 121, 124, 128, 129, 135, 137, 138, 146, 148, 166, 168, 181, 186, 192, 260, 262 y 271 de la Ley de Amparo; al artículo 124 del Código Fiscal de la Federación; y al artículo 3 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, así como a los transitorios del Primero al Quinto.
Con estas modificaciones, el nuevo diseño del juicio de amparo redefine el equilibrio entre la protección individual y la estabilidad institucional, en una reforma que consolida el sello jurídico del naciente régimen de Claudia Sheinbaum.

    
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