Con 76 votos a favor y 37 en contra, el Senado aprobó reformas a la Ley Federal de Derechos que amplían los pagos en materia migratoria, ajustan tarifas en sectores estratégicos y reducen exenciones fiscales, bajo el argumento de “actualizar” los costos al valor económico real de los servicios públicos.
CDMX — El Senado de la República aprobó el dictamen de reformas, adiciones y derogaciones a diversos artículos de la Ley Federal de Derechos, con el propósito de mantener este ordenamiento fiscal alineado con las disposiciones sectoriales y los costos actuales de operación. El proyecto, enviado por la Cámara de Diputados, fue avalado en lo general con 76 votos a favor y 37 en contra.
Durante la discusión en lo particular, senadores del PAN, PT, Movimiento Ciudadano, PVEM y PRI presentaron reservas a distintos artículos, las cuales fueron rechazadas. El dictamen se aprobó finalmente con 74 votos a favor, 37 en contra y una abstención. Legisladores panistas, entre ellos Mayuli Latifa Martínez Simón, Gustavo Sánchez Vásquez y Raymundo Bolaños Azocar, manifestaron su voto particular en contra del proyecto.
Entre las modificaciones más relevantes destacan los ajustes en los pagos por trámites migratorios, como la expedición de documentos de estancia para Visitantes sin permiso para realizar actividades remuneradas, Residentes temporales y Residentes permanentes. El argumento oficial sostiene que estos cobros reflejan una contribución justa y proporcional según el uso de infraestructura y personal especializado. Se establece además un descuento del 50% para residentes temporales y permanentes que acrediten modalidades de unidad familiar, oferta de empleo nacional o invitación de una organización pública o privada sin fines de lucro.
El dictamen introduce también el cobro por la autorización de visitas a embarcaciones de navegación de altura y por la expedición de permisos de salida del país para niñas, niños, adolescentes y personas bajo tutela jurídica, con el argumento de fortalecer la seguridad marítima y fronteriza. Además, el derecho por servicios migratorios extraordinarios se aplicará a la revisión de documentación en vuelos no regulares.
Una modificación importantee elimina la exención a aeronaves particulares sin fines de lucro, medida justificada por el supuesto “abuso” del beneficio fiscal. A partir de ahora, la exención sólo aplicará a aeronaves destinadas a protección civil, salud y asistencia humanitaria. Este ajuste refleja una tendencia de la política fiscal mexicana hacia la reducción de privilegios sectoriales y la ampliación de la base recaudatoria, especialmente en servicios de alto costo operativo.
En materia bursátil, se reformó el artículo 29-A para exentar a las emisoras simplificadas del pago de derechos por inscripción en el Registro Nacional de Valores, buscando facilitar el acceso de pequeñas emisoras al financiamiento y fomentar la inclusión financiera.
También se actualizaron las cuotas de los certificados fitosanitarios y zoosanitarios de exportación, con el fin de reflejar el costo real del servicio al Estado, y se ajustaron las tarifas de los artículos 154 al 161, relacionadas con los servicios de la Agencia Federal de Aviación Civil.
En el sector de Telecomunicaciones y Radiodifusión, el artículo 173-B fue modificado para incluir la compartición de bandas de frecuencia entre dependencias del Ejecutivo Federal y gobiernos estatales o de la Ciudad de México. Finalmente, se reconoció en el artículo 239 la exención de pago por el uso del espectro radioeléctrico a los grupos comunitarios y afromexicanos con fines culturales, científicos o educativos, sin fines de lucro.
En conjunto, las reformas avanzan en la política fiscal de ajustar cuotas al “valor económico real” de los servicios públicos, aunque en los hechos implican un incremento generalizado de cobros y una reducción de exenciones. El nuevo esquema consolida una visión de Estado recaudador, que busca eficiencia presupuestal incluso a costa de encarecer los servicios migratorios y administrativos básicos.

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